La licencia de caza es un documento personal e intransferible cuya tenencia es necesaria para el ejercicio de la actividad cinegética dentro de una o varias comunidades autónomas.
Se establecen dos tipos de licencia para el ejercicio de la caza:
– licencia de tipo autonómico, válida únicamente en el ámbito territorial de una comunidad autónoma específica,
– licencia interautonómica, que permite el ejercicio de la caza en las comunidades autónomas firmantes del acuerdo entre el ministerio con competencias en medio ambiente, y los Gobiernos de Asturias, Comunidad Valenciana, Aragón, Extremadura, Castilla y León, Madrid, Murcia y Galicia.
Para la habilitación de nuevos cazadores y la consiguiente expedición de la licencia en cualquiera de las comunidades será necesario superar el examen del cazador. Tanto los temarios como las fechas de cursos y exámenes están disponibles en las delegaciones de la consejería de medio ambiente competente.
Desde Gestoría Huntts te ofrecemos los servicios para que puedas adquirir tu licencia de caza.
En las siguientes comunidades NO realizamos la tramitación de licencias.

Euskadi

Illes Balears

Islas Canarias

Navarra
contáctanos en licencias@huntts.com o en el Tlf: 911260088 y te asesoramos personalmente